La financiación de las pensiones no es un asunto trivial y debe respetar principios de solvencia y suficiencia que, sin ser leyes de hierro como las que impone la naturaleza, sí constituyen reglas de obligado cumplimiento si se desea evitar problemas cuando el margen de maniobra se reduce progresivamente con la edad.

La necesidad de una planificación “previsional” es consustancial a la planificación del ciclo vital, en la medida en que el segmento final de dicho ciclo vital tiene características únicas, entre ellas la de una duración desconocida, aunque no (por ahora) ilimitada.

Acceso al libro en pdf aquí

José Antonio Herce